1931, Hamburgo2025, Stockdorf

Claus Roxin

NACIMIENTO

1931, Hamburgo

FALLECIMIENTO

2025, Stockdorf

Reseña biográfica

El Prof. Dr. Dr. h. c. mult. Claus Roxin ha sido uno de los más grandes e influyentes penalistas de todos los tiempos.

Resumir aquí los méritos de Claus Roxin resulta complicado. Como docente en las universidades de Gotinga y Múnich y conferenciante en todo el mundo sabía cautivar al auditorio. Como inspirador de importantes reformas penales desempeñó un papel central en los llamados Proyectos Alternativos. Como maestro, creó una escuela muy amplia y con destacados discípulos, extendiendo su magisterio más allá de Alemania, en Europa, América Latina y Asia. Como investigador en el Derecho penal (en sentido amplio, incluyendo el procesal penal), su claridad de ideas se reflejaba en su elegante y a la vez clarísima forma de escribir. Sus aportaciones son innumerables y de absoluta relevancia: desde su influyente concepción del sistema penal desde una perspectiva teleológica, plasmada de forma impresionante hace más de medio siglo en su breve e influyente obra programática Kriminalpolitik und Strafrechtssytem (traducida al español por el Prof. Muñoz Conde), hasta su exhaustiva exposición de la parte general, en especial de su completa teoría del delito, en los dos tomos de su Tratado, en cuya traducción al español (encabezada por el Prof. Luzón Peña, traductor de otras obras claves de Roxin) he tenido el honor de intervenir. La teoría de la imputación objetiva no puede entenderse sin las aportaciones de Claus Roxin. Y así otros muchos temas, desde el error a la culpabilidad (o responsabilidad), desde el bien jurídico a la imprudencia… En materia de autoría (y participación), Roxin ocupa sin duda el lugar preeminente en la ciencia penal mundial, con múltiples contribuciones, destacando su impresionante Täterschaft und Tatherrschat, con once ediciones desde 1963 (dos traducidas al español por los Profs. Cuello Contreras y Serrano González de Murillo). Aportaciones como la categoría de los delitos de infracción de deber, la autoría mediata a través de aparatos organizados de poder o el dominio funcional del hecho como característico de la coautoría en los delitos de dominio fueron hallazgos y propuestas de Roxin que han cobrado una trascendencia teórica y práctica absoluta.

Roxin, la gran figura del Derecho penal mundial, con innumerables reconocimientos, no fue nunca una persona soberbia, sino que admitía y aplaudía la crítica (hasta de los propios discípulos), trataba a todo el mundo con afecto, simpatía y buen humor. Con una generosidad sin límites, trasmitiendo incluso su alegría vital, su capacidad de disfrute del estudio, del debate, pero también de la literatura, de la naturaleza, de la buena mesa…

Miguel Díaz y García-Conlledo

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